La Comisión Administradora del Río Uruguay, informó que , según Resolución Nº 111/2023 el periodo de veda del Dorado, para la pesca comercial y deportiva queda establecido de manera permanente desde el 1 de septiembre al 31 de diciembre de cada año. La medida busca la preservación de esta especie en la región.
En este sentido, desde la CARU explicaron que el Dorado realiza migraciones reproductivas regulares en los ríos de las cuencas donde todavía habitan. El período reproductivo en nuestra región es en la primavera y el verano, por lo que se establece la veda estos cuatro meses para proteger la época del desove y aumentar así la eficiencia reproductiva.
La CARU recuerda que la mencionada Resolución se enmarca en las tareas de preservación de la Biodiversidad y la conservación de los recursos ícticos del Río Uruguay que desarrolla la Comisión Administradora del Río Uruguay.
Publicación Boletin Oficial de la República Argentina
Publicación Diario Oficial de la República Oriental del Uruguay