
Período: del 1º de septiembre al 31 de diciembre
La Comisión Administradora del Río Uruguay (CARU) informa que, conforme a lo establecido en su normativa vigente, se encuentra en vigencia la veda anual de pesca deportiva y comercial del Dorado (Salminus brasiliensis) en el río Uruguay, comprendida entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre de cada año.
Esta medida tiene como objetivo proteger el ciclo reproductivo natural de la especie, que durante este período se encuentra en plena etapa de reproducción y desove. La veda permite garantizar las condiciones ambientales necesarias para que el proceso se desarrolle en un contexto de tranquilidad y equilibrio ecológico, promoviendo así el éxito reproductivo y la conservación sostenible del recurso pesquero.
El Dorado es una de las especies ícticas más representativas del ecosistema del río Uruguay, y su preservación resulta fundamental tanto desde el punto de vista biológico como socioeconómico, ya que constituye un recurso valioso para la pesca deportiva y comercial en la región.
Durante el tiempo que dure la veda, queda prohibida toda actividad de captura, transporte y comercialización del Dorado. En caso de que se produzca una captura accidental, se solicita a los pescadores devolver inmediatamente el ejemplar al río, contribuyendo de esta forma al mantenimiento de la población y al equilibrio del ecosistema acuático.
El cumplimiento de esta medida es esencial para asegurar la sustentabilidad de los recursos pesqueros compartidos entre Argentina y Uruguay, en el marco de la gestión binacional del río Uruguay.
La CARU, como organismo responsable de la conservación y uso racional de los recursos vivos del río en su área de competencia, reafirma su compromiso con la protección de la biodiversidad y el desarrollo sostenible de las comunidades ribereñas.


